Con esta calculadora de indemnización por accidente de tráfico puedes obtener en pocos minutos un rango orientativo de la cantidad que te correspondería según el baremo de la Ley 35/2015, a partir de tus días de curación. Es una herramienta gratuita del despacho Abogados Bilbao; para una valoración real de tu caso, al final puedes dejarnos tus datos y te contactamos sin compromiso.
Introduce los días de curación de tu informe médico y te damos un rango orientativo según el baremo vigente. En 3 minutos y sin compromiso. Cuantías del baremo de tráfico (Ley 35/2015), actualizadas por la DGSFP conforme al art. 49.1 del RDL 8/2004.
La fecha nos permite aplicar el baremo del año correspondiente.
Indica cuántos días estuviste en cada situación, según tu informe médico o parte de baja.
Tratamiento médico, pero sigues con tu vida normal (sin baja relevante).
39,20 €/díaNo puedes hacer ocio, deporte o vida social con normalidad (a menudo coincide con baja laboral).
67,96 €/díaLimitación relevante en tu día a día. Siempre los días de ingreso hospitalario.
98,02 €/díaNecesitas ayuda de terceros para lo esencial. Siempre los días en UCI.
130,69 €/díaCada día del periodo de curación cuenta en una sola de estas cuatro categorías (arts. 136 a 138 RDL 8/2004) — nunca se suman entre sí. Cuantías del baremo 2026.
Déjanos tus datos y revisamos tu parte médico y el atestado para decirte, con nombre y apellido, cuánto deberías estar reclamando. Primera consulta gratuita.
Desde la Ley 35/2015, la indemnización por lesiones en un accidente de tráfico se calcula con un baremo que valora cada día de curación según su gravedad, más las intervenciones quirúrgicas y las secuelas. Las cuantías por día las actualiza cada año la DGSFP:
La indemnización no se limita a los días de baja. También se valoran las secuelas permanentes (por un sistema de puntos según tu edad y el informe médico-legal), el lucro cesante (los ingresos que has dejado de percibir), los gastos médicos y de rehabilitación y los daños materiales. Estos conceptos suelen ser los que más elevan la indemnización final y no se pueden estimar con una calculadora genérica.
La oferta inicial de la compañía casi siempre queda por debajo de lo que corresponde. Antes de firmar nada, deja que revisemos tu parte médico y el atestado: te diremos cuánto deberías estar reclamando de verdad. La primera consulta es gratuita.
Se aplica el baremo de la Ley 35/2015. Cada día que tardas en curarte se valora según su gravedad (perjuicio básico, moderado, grave o muy grave), con cuantías fijadas y actualizadas cada año por la DGSFP. A eso se suman las intervenciones quirúrgicas y, en su caso, las secuelas permanentes valoradas por puntos.
Son las cuatro categorías con las que el baremo valora el tiempo de curación. El perjuicio básico es cuando sigues con tu vida normal; el moderado, cuando no puedes hacer parte de tus actividades; el grave limita tu día a día (incluye siempre los días de ingreso hospitalario); y el muy grave, cuando necesitas ayuda de terceros (incluye siempre los días en UCI). Cada día cuenta en una sola categoría.
No con exactitud. Las secuelas permanentes se valoran por un sistema de puntos que depende de tu edad y de un informe médico-legal, por lo que una calculadora genérica daría una cifra engañosa. Las valoramos gratis en la consulta y las incorporamos a tu reclamación real.
Con carácter general dispones de un año desde que se estabilizan las lesiones para reclamar a la aseguradora, aunque conviene iniciar el proceso cuanto antes para conservar los partes médicos y las pruebas. En una consulta gratuita revisamos tu caso y los plazos concretos.
Casi nunca. La oferta inicial de la aseguradora suele quedar por debajo de lo que corresponde según el baremo, sobre todo cuando hay secuelas o lucro cesante. Antes de firmar nada, deja que revisemos tu parte médico y te digamos cuánto deberías estar reclamando.
La primera consulta es gratuita y sin compromiso. Revisamos tu caso y te decimos qué te corresponde reclamar y en qué plazo.
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